LA POLÍTICA EXTERIOR DEL MÉXICO CARDENISTA HACIA LA SEGUNDA REPUBLICA ESPAÑOLA EL CASO DEL EXILIO REPUBLICANO EN MÉXICO. (CONTINUACIÓN)

 

2. CARACTERIZACIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA EXTERIOR DE MÉXICO

(1821-1934)

Como se ha podido apreciar en los apartados anteriores, los aspectos históricos

condicionaron la política exterior mexicana hasta el punto de dotarla de una impronta

ideológica que perdurará más allá de sus orígenes. Un ejemplo de ello es el peso de

una

 

conciencia nacionalista y anticolonialista que marcará el accionar exterior de

México hasta bien entrado el siglo XX (Bremer: 1986, p.30).

Dado el origen revolucionario del Estado mexicano, y vistos los ataques a los que se

vio sometido por parte de las grandes potencias, no es de extrañar que la política

internacional de México desarrollara un cuerpo ideológico netamente defensivo y de

carácter fuertemente nacionalista. La protección del nuevo Estado revolucionario pasó

por la expansión de su área de influencia efectiva o ideológica, pero este activismo

internacional mexicano se vio dificultado a lo largo de la Historia por el carácter

periférico de México y su excesiva proximidad con la principal gran potencia del siglo

XX, los EEUU (Meyer: 2000, p.39).

Es pertinente precisar, siguiendo a Lorenzo Meyer, que el nacionalismo mexicano que

surgió con la Revolución Mexicana de 1910 no fue un sentimiento patriótico de

carácter xenófobo, sino un legítimo sentimiento de “afirmación y primacía de lo

mexicano y su soberanía”. Para ello se basó en un “afianzamiento del sentimiento

patriótico y la revalorización de lo indígena y lo mexicano”, elementos que habían sido

menospreciados históricamente por las élites criollas (Meyer en Bizberg: 1998, p.87).

De las fuentes de ese nacionalismo de tintes anticoloniales emanan dos de los

principios medulares de la política exterior de México: la

 

no intervención de un país

en los asuntos internos y externos de otro, y el

 

derecho a la autodeterminación de

los pueblos. Junto a estos dos principios, la política exterior de México se ha

caracterizado a lo largo de su historia por defender también los valores de la

neutralidad

 

 

24

 

Tal y como lo expresó Benito Juárez, según algunos basándose en Immanuel Kant, “El

respeto al derecho ajeno es la paz”.

27

histórica, salpicada de intervenciones extranjeras

 

25 que atentaban contra la soberanía

territorial y política de México. La política exterior mexicana ha sido, por tanto, una

política de corte defensivo (Peña Guerrero: 1984, p.48). De ahí que la

autodeterminación y la no intervención hayan sido banderas de la política exterior

mexicana desde sus orígenes. Algunos autores (Ojeda Gómez: 1984, p.6) han

destacado cómo en algunos momentos se ha producido la confusión entre la no

intervención en los asuntos de terceros países con el aislamiento, entendido como no

involucramiento político

 

26. Observar si en el período estudiado México optó por la no

intervención o por el aislacionismo –o bien por todo lo contrario- en relación a los

acontecimientos españoles, es uno de los propósitos que tiene el presente trabajo.

No obstante lo anterior, el principio de no intervención, ya esbozado por Benito Juárez,

fue introducido por México en lo que algunos autores califican como derecho

internacional del desarrollo (Dávila Pérez: 1992, p.70). La entrada de México en la

Sociedad de Naciones

 

27, en 1931, tras el veto ejercido hacia su candidatura en 1920

por las delegaciones estadounidense y británica, propició que aquél pudiera tener un

foro en el que manifestarse por la no intervención internacional en los asuntos de

terceros países

 

28.

Asimismo, ha colocado su

 

vocación pacifista como uno de los principios básicos de

sus relaciones externas. Por ejemplo, en la VI Conferencia de Estados Americanos

celebrada en La Habana en 1928, el licenciado Fernando Gónzalez Roa

 

29 condenó por

parte de México la guerra como instrumento de la política internacional de los Estados.

Años después, el 29 de noviembre de 1929, México fue uno de los primeros países en

suscribir el Tratado Briand-Kellogg de agosto de 1928 que condenaba la guerra como

instrumento de resolución de los conflictos internacionales (Sepúlveda: 1979, p.13).

En el siguiente capítulo se especifica cuál ha sido el ordenamiento jurídico que ha

dado lugar a lo que se conoce como la doctrina de la política exterior mexicana.

25

 

Tras la pérdida de Texas en 1836, México padeció la guerra con Estados Unidos de 1847 a

1848 y, posteriormente, la llegada de las tropas francesas en 1861 y la ocupación del país

entre 1863 y 1867 por tropas francesas, belgas y austriacas (Meyer en Bizberg: 1998, p.85)

26

 

El caso de la política exterior estodounidense es paradigmático en este sentido.

27

 

También conocida en América Latina como Liga de Naciones.

28

 

La intervención internacional había sido moneda de uso por parte de las grandes potencias

del siglo XIX para entrometerse en los asuntos internos de los países “débiles”. De este modo,

EEUU lo utilizaba para mantener sus intereses con el pretexto de la Doctrina Monroe que

postulaba América para los americanos (Sepúlveda: 1979, p. 8).

29

 

Entre los cargos que desempeñó este miembro del cuerpo diplomático mexicano destaca su

paso por EEUU como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario entre 1933 y 1934.

28

2.1. Bases ideológicas de la política exterior mexicana.

Desde su origen como nación independiente, México utilizó su política exterior como

un instrumento imprescindible para ubicarse en el mundo y reforzarse como país

autónomo. Los principios de no intervención, de autodeterminación, de solución

pacífica de controversias o de solidaridad latinoamericana son fruto de experiencias

históricas que México tuvo que enfrentar y, por tanto, no emergen de la nada

(Secretaría de Relaciones Exteriores: 1986a, p.21).

El “Programa de Política Internacional”

 

30, elaborado en diciembre de 1821 a instancias

de la Junta Gubernativa del Imperio Mexicano a través de la Comisión de Relaciones

Exteriores, fue el primer proyecto de política exterior que tuvo el México independiente.

A pesar de constituir el primer esbozo de las bases de la política internacional

mexicana, no fue hasta décadas posteriores que se sentaron las verdaderas bases de

la política exterior mexicana recogidas en las doctrinas que son comentadas a

continuación:

Doctrina Calvo

La Doctrina Calvo

 

31 toma su nombre del diplomático argentino Carlos Calvo quien, en

el siglo XIX, la elaboró para defender la soberanía de las naciones latinoamericanas

ante eventuales intervenciones militares europeas en suelo latinoamericano,

realizadas éstas bajo el pretexto de defender los intereses de los ciudadanos europeos

en América Latina. La Doctrina establecía que los pleitos de los ciudadanos

extranjeros residentes en América Latina debían ser dirimidos en los tribunales

locales, en lugar de solucionarse a través de la intervención diplomática del país de

origen del extranjero, o por la vía de la fuerza, que era lo que se acostumbraba.

La Cláusula Calvo fue introducida en el artículo 27 de la Constitución mexicana con la

finalidad de que los inversionistas extranjeros renunciaran a la posibilidad de solicitar

30

 

El título completo de dicho documento es “Dictamen presentado a la Soberana Junta

Gubernativa del Imperio Mejicano por la Comisión de Relaciones Exteriores en 29 de diciembre

de 1821. Primero de la Independencia”. Parte de éste puede ser consultado en (Secretaría de

Relaciones Exteriores,

 

op.cit., pp.47-64).

31

 

Para mayor información sobre esta cláusula puede consultarse la tesis de César Sepúlveda

en SEPÚLVEDA GUTIÉRREZ, César (1944)

 

Responsabilidad Internacional del Estado y la

Validez de la Cláusula Calvo.

 

México DF, México.

 

29

la protección de sus gobiernos ante litigios con el gobierno mexicano. Hasta ese

momento los extranjeros habían gozado de una situación de privilegio comparativo

respecto a los ciudadanos mexicanos puesto que si estaban en desacuerdo con

alguna decisión del Gobierno mexicano podían acudir a la protección diplomática de

su gobierno de origen. Ello implicaba que un problema de índole particular acabara

convirtiéndose en un conflicto internacional (Dávila Pérez: 1992, p.72).

El Estado mexicano arguyó, en su defensa, que cuando un extranjero se decidía a

invertir en suelo mexicano debía estar dispuesto a asumir cierto riesgo, un riesgo que

sólo representaba un aspecto negativo frente a las grandes ventajas que estos

inversores obtenían en sus negocios en el exterior (Meyer: 2000, p.11).

Las tesis de la Cláusula Calvo inspiraron la postura de Venustiano Carranza acerca

del empleo de la protección diplomática por los extranjeros para obtener ventajas

indebidas. Este principio de la política exterior mexicana acabó siendo asimilado, pese

a la oposición de las grandes potencias, en el artículo 2.2. c de la

 

Carta de Derechos y

Deberes Económicos de los Estados

 

(Sepúlveda: 1979, pp.17-18).

Con la inclusión de la Cláusula Calvo se puso fin en México al agravante comparativo

que se producía entre los ciudadanos mexicanos y los ciudadanos extranjeros que

invertían en el país. La inequidad en el trato devino, al fin, una rémora del pasado y el

Estado mexicano pudo disponer acerca del uso público que quería darle a ciertas

propiedades privadas, con independencia de que éstas fueran de extranjeros o de

nacionales.

 

Doctrina Carranza

Venustiano Carranza, uno de los caudillos revolucionarios, encabezó una de las

facciones que surgieron de la Revolución Mexicana, la constitucionalista o liberal

carrancista, contrapuesta a la liberal obregonista (Medin: 2003, p. 9). Luchó contra

otros líderes revolucionarios como Emiliano Zapata y Pancho Villa apoyándose en

elementos obreros a los que enfrentó con los campesinos –que apoyaban a Villa y

Zapata-. Su mandato dio lugar al período histórico conocido como “caudillismo

revolucionario” que supuso una escisión nacional (Medin: 2003, p.18).

La Doctrina Carranza es el germen de las doctrinas posteriores que han sentado los

principios de la política exterior mexicana desde su independencia, como por ejemplo,

30

de la Doctrina Estrada. Asimismo, es considerada uno de los fundamentos de la

conocida como “política exterior de principios” (Covarrubias en Serrano Migallón: 1998,

p.334). En su época tuvo tal impacto que fue objeto de la publicación de un par de

libros al respecto. El primero fue publicado en 1918 por Antonio Manero y tenía por

título

 

México y la solidaridad americana: la doctrina Carranza, mientras que el segundo

vio la luz meses más tarde por Hermilla Galindo bajo el título

 

La doctrina Carranza y el

acercamiento indoamericano

 

(Meyer: 2000, p. 39).

En 1910 México era un país autónomo desde un punto de vista político y con

personalidad propia en el ámbito internacional. Sin embargo, México seguía sufriendo

la dependencia económica de los capitales foráneos. Mientras el país azteca aportaba

la mano de obra, los empresarios extranjeros aportaban el capital lo cual les hacía

propietarios de los medios de producción. Una situación privilegiada que había sido

favorecida por la legislación de la época porfirista. A ello había que sumar la condición

deudora del Estado mexicano y su insolvencia ante los acreedores internacionales

(Secretaría de Relaciones Exteriores: 1960, pp. 7-8). Por tanto, se hacía perentoria la

reconquista de los recursos naturales de los países periféricos para beneficio de sus

propios ciudadanos.

Es tras la Revolución Mexicana y en el contexto de la hegemonía que los EEUU

ejercían en América Latina tras el fin de la Primera Guerra Mundial cuando emerge la

Doctrina Carranza. Ésta se esbozó en un informe, de marcado carácter

antiimperialista, que Venustiano Carranza realizó en el marco del Congreso de la

Unión el primero de septiembre de 1918. La Doctrina Carranza establece:

“Que todos los países son iguales, deben respetar mutua y escrupulosamente

sus intstituciones, sus leyes y su soberanía;

“Que ningún país debe intervenir en ninguna forma y por ningún motivo en los

asuntos interiores de otro. Todos deben someterse estrictamente y sin

excepción, al principio univesal de no intervención;

“Que ningún individuo debe pretender una situación mejor que la de los

ciudadanos del país a donde va a establecerse, ni hacer de su calidad de

extranjero un título de protección y de privilegio. Nacionales y extranjeros

deben ser iguales ante la Soberanía del país en que se encuentren; y

finalmente;

 

31

“Que las legislaciones deben ser uniformes e iguales en lo posible, sin

establecer distinciones por causa de nacionalidad, excepto en lo referente al

ejercicio de la Soberanía.

“De este conjunto de principios resulta modificado profundamente el concepto

actual de la diplomacia. Esta no debe servir para la protección de intereses de

particulares, ni para poner al servicio de éstos la fuerza y la majestad de las

Naciones. Tampoco debe servir para ejercer presión sobre los gobiernos de

países débiles, a fin de obtener modificaciones a las leyes que no convengan a

los súbditos de países poderosos.

“La diplomacia debe velar por los intereses generales de la civilización y por el

establecimiento de la confraternidad universal.” (Secretaría de Relaciones

Exteriores: 1960, pp.15-16)

Con ella el presidente Carranza esperaba hacerse con el apoyo de las naciones

latinoamericanas pero, como apuntan algunos autores, este apoyo no pasó de lo

moral. En cambio, México sí consiguió ponerse frente a frente de los EEUU

(Velázquez Flores: 1994, p.17) lo cual no es extraño si se tiene en cuenta que su

declaración tenía como interlocutor principal al vecino del norte. Se pretendía hacer

ver a los EEUU que el objetivo de México era hacer prevalecer su soberanía nacional,

en términos de integridad territorial, autoderminación e independencia económica

(Dávila Pérez: 1992, p.66). Con ello Carranza abrió la posibilidad de nacionalizar los

pozos petroleros pero no fue hasta la llegada de Lázaro Cárdenas al poder que tal

acción se llevó a cabo.

En resumen, con la Doctrina Carranza México enunció de manera oficial y categórica

los principios ideológicos que marcarán su accionar exterior postrevolucionario:

igualdad jurídica entre los Estados, no intervención, e igualdad de nacionales y

extranjeros ante la ley. Éste último punto sería conocido también como Doctrina Calvo.

Carranza acabó asesinado por sus enemigos políticos

 

32 en la rebelión de Agua Prieta

de 1920 y México entró en un nuevo período de incertidumbre política en medio de las

presiones externas de unos EEUU nerviosos por el carácter antiimperialista de los

gobiernos revolucionarios mexicanos.

32

 

Para profundizar en el papel de las potencias aliadas en el aliento de las fuerzas

anticarrancistas como medio para salvaguardar sus intereses petroleros y estratégicos en

México, véase (Meyer: 2000).

32

Doctrina Estrada

La Doctrina Estrada, también conocida en un principio como Doctrina México o

Doctrina Ortiz Rubio, toma su nombre de Genaro Estrada, quien fuera diplomático,

escritor y hombre de Estado mexicano que se desempeñó como Oficial Mayor en la

Secretaría de Relaciones Exteriores entre los años 1921 y 1927, además de acometer

otros cargos de relevancia, entre los que destaca su paso por la Embajada de México

en la España Republicana.

Durante la VI Conferencia Internacional Americana, celebrada en La Habana en 1928,

la delegación mexicana se distinguió por sus denodados intentos de convencer a

EEUU para que aceptara el principio de no intervención como norma de convivencia

interamericana

 

33. La declaración resultante, que fue unilateral, ha pasado a la historia

como Doctrina Estrada pues fue Genaro Estrada, por entonces Secretario de

Relaciones Exteriores, quien fijó la posición internacional de México.

México adoptó las tesis de Estrada hasta el punto de convertirlas en uno de los ejes

centrales de su accionar exterior. En una nota emitida el 27 de septiembre de 1930 el

Secretario Estrada se dirigía a los jefes de misión dando lugar a la formulación

definitiva de lo que vino en conocerse como Doctrina Estrada:

“Después de un estudio muy atento sobre la materia, el gobierno de México ha

transmitido instrucciones a sus ministros o encargados de negocios en los

países afectados por las recientes crisis políticas, haciéndoles conocer que

México no se pronuncia en el sentido de otorgar reconocimiento, porque

considera que ésta es una práctica denigrante que, sobre herir la soberanía de

las naciones, coloca a éstas en el caso de que sus asuntos interiores puedan

ser calificados en cualquier sentido, por otros gobiernos, quienes de hecho

asumen una actitud de crítica al decidir, favorable o desfavorablemente, sobre

la capacidad legal de regímenes extranjeros.

En consecuencia, el gobierno de México se limita a mantener o retirar, cuando

lo crea procedente, a sus agentes diplomáticos y a continuar aceptando,

cuando también lo considere procedente, a los similares agentes diplomáticos

que las naciones respectivas tengan acreditados en México, sin calificar, ni

33

 

Véase (Sainz: 2000b).

33

precipitadamente ni a posteriori, el derecho que tengan las naciones

extranjeras para aceptar, mantener o substituir a sus gobiernos o autoridades.

Naturalmente, en cuanto a las fórmulas habituales para acreditar y recibir

agentes y canjear cartas autógrafas de jefes de Estado y Cancillerías,

continuará usando las mismas que hasta ahora, aceptadas por el derecho

internacional y el derecho diplomático” (citado en Méndez Silva: 1987, p.67).

En realidad, esta Doctrina surgió como réplica a la “doctrina del reconocimiento” que

en décadas anteriores implementaron los EEUU para censurar o aprobar el

surgimiento de nuevos gobiernos, según fueran sus antipatías o simpatías hacia

dichos gobiernos, bajo el pretexto de sólo reconocer a gobiernos apoyados “por una

expresión legítima de la voluntad popular” (De Rosenzweig-Díaz: 1984, p.8). Este tipo

de injerencia, más sutil que la mera intervención militar, fue de uso común por parte de

los EEUU y las potencias europeas en relación a los gobiernos mexicanos desde el

siglo XIX, con especial énfasis durante los gobiernos de Venustiano Carranza y Álvaro

Obregón.

La Doctrina Estrada es, en esencia, una reafirmación del principio de no intervención y

del principio de igualdad entre los Estados que México ha exportado a otras naciones

latinoamericanas dada su utilidad práctica. Merced a la Doctrina Estrada los países no

se ven obligados a pronunciarse sobre las características de un nuevo régimen y

pueden seguir manteniendo las relaciones con el Estado en cuestión. Como

expresaba Estrada “cuando no existe desconocimiento no hay necesidad expresa de

formular reconocimiento” (Méndez Silva: 1987, p.68).

2.2 La praxis internacional de México durante el período 1821-1934.

Desde su Independencia, México vio la necesidad de obtener el reconocimiento y el

respeto del resto de países en aras de conseguir, así, la legitimidad necesaria para

desenvolverse en el sistema internacional. Esto es, el reconocimiento

 

de jure que le

permitiera firmar tratados y acuerdos con otros Estados tal y como haría cualquier país

independiente y autónomo. Sin embargo, el país azteca se independizó a principios

del siglo XIX en medio de una situación internacional hostil para los intereses de

México. Otros países, como Francia y los EEUU, tenían pretensiones sobre el territorio

mexicano y planteban una amenaza a los intereses nacionales de México. Éstos se

resumían, como ha sido mencionado, en la preservación de su soberanía nacional; la

consolidación de su proceso de independencia; el mejoramiento de sus condiciones

34

económicas; la reducción de sus diferencias sociales y; la estabilización de su sistema

político (Velázquez Flores: 2005, p. 78).

En el “Programa de Política Internacional” comentado en el capítulo anterior, se

establecen las que serán las relaciones internacionales del México independiente. Se

trata de un documento precursor pues desde entonces México

“…cuenta con una visión clara y perfectamente definida de lo que deben de ser

sus relaciones exteriores. Lo prioritario es América Latina; lo más importante,

no obstante, es Estados Unidos” (Secretaría de Relaciones Exteriores: 1985a,

p. 64).

A mediados del siglo XIX, cuando Benito Juárez llegó al poder, México tenía

relaciones conflictivas con Gran Bretaña, Francia y España a causa de la Guerra de

Independencia y la intervención de estas potencias en los asuntos internos mexicanos.

Sin embargo, en este mismo período, concretamente en 1869, México amplió sus

relaciones internacionales al establecer relaciones con el Reino de Italia y con la

Confederación Alemana del Norte (Vázquez en Escalante: 2006, p.182).

Durante los años de la dictadura porfirista, que se inició con la toma del poder del

General Porfirio Díaz en 1876 y finalizó con su exilio forzado en 1911 por la eclosión

de la Revolución Mexicana, la política exterior de México fue utilizada como un

instrumento al servicio de la política interna. Entre los principales objetivos que la

política exterior porfirista perseguía destacan: el reconocimiento de su gobierno por

parte del resto de países, la resolución de los problemas fronterizos, la atracción de

capitales extranjeros para acometer el desarrollo económico de México, la

diversificación de las relaciones exteriores de México, y la búsqueda de inmigrantes

extranjeros –blancos europeos, a poder ser- para repoblar el país (Velázquez Flores:

2005, p.102). Por tanto, bajo el mandato de Porfirio Díaz las relaciones internacionales

se tornaron un elemento de vital importancia para la legitimación del régimen. El

mandatario mexicano tenía especial debilidad por todo lo extranjero, lo cual se ha

vinculado con el carácter “malinchista”

 

34 de las élites mexicanas, y se propuso

34

 

El apelativo “malinchista” es utilizado en México para designar a aquellas personas que, por

su actitud o sus actos, muestran preferencias apriorísticas hacia lo extranjero en detrimento de

lo mexicano. Tiene su origen en el personaje de la Malinche o Malintzin, indígena que ayudó

como intérprete a Hernán Cortés y sus hombres en la conquista de Tenochtitlán. Véase

(Thomas: 2004). También puede consultarse MIRALLES, Juan (2004).

 

La Malinche. Ed.

Tusquets. México DF, México.

35

restablecer las relaciones diplomáticas con Francia, Gran Bretaña y Bélgica, entre

otros países. A pesar de que obtuvo el reconocimiento de EEUU en 1878 y su favor

político, Díaz diversificó las relaciones internacionales de México para evitar que

EEUU…

“…se convirtiera en guardián de América Latina frente a la amenaza europea o

en árbitro de los países americanos, sosteniendo que dicha tarea correspondía

a las propias naciones americanas” (Speckman en Escalante: 2006, p.205).

Se observa, por tanto, que la preocupación por la defensa de la soberanía nacional

mexicana frente a los EEUU es una constante en la política exterior de los gobiernos

mexicanos, independientemente de su signo político.

Ya entrado el siglo XX, México fue marginado del nuevo sistema internacional que

inauguró la creación de la Sociedad de Naciones tras el Tratado de Versalles de 1919.

Ello fue debido a las sospechas de simpatías con los imperios centrales por parte del

gobierno de Venustiano Carranza (Meyer: 2000, p.34) y al origen revolucionario de su

gobierno. Con dicha decisión se atisbaba la que iba a ser la actitud de las grandes

potencias respecto a los cambios revolucionarios que pudieran producirse en el

panorama internacional

 

35. Hasta 1931 México no entró a la Sociedad de Naciones,

controlada entonces por las potencias británica y francesa.

El fin de la Primera Guerra Mundial comportó un cambio en el reparto de poder a

escala mundial. Europa Occidental salió debilitada de la contienda y fueron los EEUU

y Japón, a los que posteriormente se unió la URSS, los nuevos centros de poder

mundial (Meyer: 2000, p.13). Esta nueva correlación de fuerzas internacional afectó la

relación de México con el mundo, máxime cuando su vecino del norte, aquél con el

que había tenido una relación conflictiva a lo largo de su Historia reciente, pasaba a

ser una gran potencia emergente. Ello a la vez que en territorio mexicano se producía

desde 1910 una eclosión revolucionaria cuyo signo ideológico distaba de lo que los

EEUU querían para su vecino del sur con el que compartía, y comparte, intereses

geoestratégicos vitales. México, junto con el resto de América Latina, fue considerado

por EEUU desde sus inicios como su “patio trasero”. Ya en 1823 los EEUU habían

establecido su política exterior hacia América Latina basándose en la “Doctrina

35

 

Como lo expresa Lorenzo Meyer (op. cit, p.20), tras la Revolución Bolchevique en la Rusia de

1917 todo cambio revolucionario iba a ser considerado como un “salto cualitativo” al ser

considerado “prolegómeno del bolchevismo”.

36

Monroe”

 

36. Dicha doctrina, que fue la respuesta a la eventual amenaza que la Santa

Alianza europea podía suponer para las naciones latinoamericanas (y, por extensión,

para los intereses estadounidenses en suelo latinoamericano), establecía que los

EEUU no iban a permitir ninguna intervención europea en suelo americano. Ello

implicaba la intervención militar en terceros países, si era necesario, para mantener la

hegemonía estadounidense en el continente (Sainz: 2000b). A principios del siglo XX

la “Doctrina Monroe” se vio ampliada con el “Corolario Roosevelt” que profundizaba la

línea estratégica a seguir por los EEUU en sus relaciones con América Latina. Esto es,

los EEUU se arrogaban el derecho a intervenir en cualesquiera nación latinoamericana

si ésta ponía en peligro los intereses de sus empresas o de alguno de sus

ciudadanos

 

37.

A continuación se esbozará de manera somera las principales características de las

relaciones internacionales de la nación mexicana con terceros países. Dado que un

estudio pormenorizado de las mismas excedería los propósitos del presente trabajo,

se realizarán pequeñas pinceladas de los principales rasgos que caracterizaron las

relaciones de México con los EEUU, algunas potencias europeas, la URSS y el

conjunto de América Latina. Destacando, obviamente, los aspectos relevantes para el

estudio del caso.

y del respeto a la soberanía nacional, esto es, al derecho ajeno24, a la

independencia de los pueblos y al apego al Derecho Internacional. Su independencia y

progresismo en los foros internacionales ha hecho que México se haya destacado

como defensor de los “débiles” en su práctica política internacional. Dicha defensa

tiene que ver con el origen revolucionario del Estado mexicano y con su experiencia

Para estar informado de los últimos artículos, suscríbase: